Resuelve:
Artículo 1.- Recomendar al Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación que impulse las medidas necesarias para modificar la metodología utilizada en la clasificación de toxicidad de los productos agroquímicos, de manera tal que:
1. Abarque al consunto de todos los daños a la salud que el producto pueda ocasionar (letal y subletal, agudo y crónico)
2. Hasta tanto se realice la revisión de la clasificación, los agroquímicos aprobados que no tengan evaluado el grado de su toxicidad en las dosis subletales y crónicas, sean clasificados como “I.a: sumamente peligrosos, muy tóxicos” e identificados con banda roja.
3. Los formulados de los agroquímicos sena clasificados con la toxicidad mayor, que puede corresponder a la del componente más tóxico o al formulado considerado integralmente.
4. Los estudios sobre los que se basan las clasificaciones de los agroquímicos, deben ser realizados por entidades de acreditada y reconocida independencia de criterio.
Art. 2.- Regístrese, notifíquese en los términos del artículo 28 de la ley Nº 24.284, publíquese y archívese.
Resolución Nº 00147/10
Fuente: http://www.diagonalperiodico.net/La-toxicidad-del-glifosato-desata.html |
No hay comentarios:
Publicar un comentario