jueves, 2 de julio de 2009

Congreso suspende garantías constitucionales en Honduras

miércoles, 1 de julio de 2009
¡Congreso suspende garantías constitucionales en Honduras!


Departamento de Divulgación y Prensa del Comité de Familiares de
Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH)


Tegucigalpa.-(miércoles 1 de julio 2009).- A petición del presidente
de facto Roberto Micheletti, el Congreso Nacional aprobó hoy un
decreto que suspende las garantías constitucionales de la ciudadanía
y que pondría en peligro las vidas de quienes exigen la repatriación
del presidente constitucional de Honduras, Manuel Zelaya Rosales.

Las garantías estarán suspendidas mientras dure el toque de queda que
ha sido implantado hasta segunda orden en horario de 10:00 de la
noche a 5:00 de la mañana y que se hizo efectivo desde el 30 de
junio, fecha en que el presidente constitucional de Honduras Manuel
Zelaya fue capturado y expulsado a San José Costa Rica.

El decreto fue aprobado en un solo debate (ya que se mocionó para
dispensar los primeros dos debates) por los diputados y diputadas al
Congreso Nacional, a excepción del partido Unificación Democrática
(UD) a través de la diputada Doris Gutiérrez, que es la única que ha
asistido a las sesiones.

Los derechos constitucionales suspendidos por la Cámara Legislativa
son el 71, 78, 79, 81 y 99 de la Constitución de la República.

El artículo 71 establece que ninguna persona puede ser detenida ni
incomunicada por más de 72 horas sin ser puesta a la orden de la
autoridad competente para su juzgamiento.

La violación a este derecho individual violenta el principio de
legalidad porque dejaría "indefinido el tiempo de detención de un
ciudadano o ciudadana. Esta acción ha sido calificada por el Comité
de Familiares de Detenidos Desaparecidos como una violación
gravísima, no solo a la legislación vigente sino ante la comunidad
internacional.

Por otra parte el artículo 78 sostiene que se garantizan las
libertades de asociación y de reunión siempre que no sean contrarias
al orden público y a las buenas costumbres.

En este aspecto, la suspensión de esta garantía debería ser bajo
ciertos parámetros, pero el decreto aprobado por el legislativo,
mediante iniciativa del presidente de facto Roberto Micheletti,
limitaría la libertad de reunión pacífica, sin armas y la
manifestación pública.

Aspectos, que no están contemplados en la Constitución como facultad
del Consejo de Ministros ni del presidente de la República, ni está
tampoco contemplado dentro de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos.

Expertos en el tema, consideran que el derecho a reunirse
pacíficamente (artículo 79) que tienen los ciudadanos y ciudadanas es
un derecho universal, por lo que no se entiende por qué el Poder
Legislativo a iniciativa del presidente Micheletti lo hayan limitado
bajo el argumento de preservar la tranquilidad y seguridad ciudadana.

En la Cámara Legislativa se ha suspendidoel derecho de los ciudadanos
y ciudadanas a circular libremente, salir, entrar y permanecer en el
territorio nacional. Nadie puede ser obligado a mudar domicilio o
residencia, sino en los casos especiales y con los requisitos que la
ley señala.

Este derecho, es un derecho humano fundamental que genera cierta
duda, si puede ser o no limitado o el permanecer en el domicilio que
es otra de las garantías que se pretende restringir con esta
propuesta de decreto.

Un experto consultado sobre la suspensión del artículo 71
constitucional, sostuvo que de acuerdo a la Convención Americana
sobre Derechos Humanos se estaría violentando el artículo 27 numeral
2 que establece que existen algunos derechos y garantías que no
pueden ser limitadas.

Tal es el caso del reconocimiento a la persona humana como tal, el
derecho a la vida, a que se respete la integridad física, la libertad
y seguridad personal. También a no ser sometido a una detención o
encarcelamiento de manera arbitraria que es uno de los aspectos
torales que tocaría el decreto en mención.

Por otro lado, el experto que pidió mantener su nombre en anonimato,
añadió que el derecho a ser llevado sin demora ante la autoridad
competente se estaría violando y que directamente también ataca ese
artículo 7 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
La Convención también establece en su artículo 6, el derecho a
recurrir ante un tribunal para que se decida en torno a la legalidad
de la detención, se ve también comprometida con la aprobación del
virtual decreto.
Asimismo conforme al artículo 9 de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos, el derecho a no ser detenido más que por delitos o
acciones que la misma ley interna las señale como delito, está
básicamente prohibido.
Por otro lado, el experto apuntó que "creo que se cometería también
una violación flagrante a la Constitución, puesto que la misma
establece que una medida de este tipo solo puede ser dictada en caso
de una invasión y no estamos en un caso de invasión al territorio
nacional".
"Una perturbación grave de la paz generada por esa invasión, lo cual
no tiene tampoco alcances o una calamidad general, supuestos que de
momento no veo y si consideramos que el presente Consejo de Ministros
de hecho y no de derecho o sea un Consejo de Ministros de facto, no
tiene básicamente esa atribución", sostuvo.

Refiriéndose a la suspensión del artículo 99 constitucional que
establece que el domicilio es inviolable y que ningún ingreso o
registro podrá verificarse sin consentimiento de la persona que lo
habita, el experto dijo que "básicamente esa garantía quedaría a
libre arbitrio de quienes nos están gobernando actualmente y
básicamente del ejército y policía".

Añadió que "es una discrecionalidad bastante amplia que opera muy en
contra de los ciudadanos y ciudadanas que durante el toque de queda
(de 10:00 de la noche a 5:00 de la mañana) podemos estar en nuestro
domicilio y perfectamente pueden amparados en eso, cualquier elemento
de la autoridad sacarnos".

"Pueden entrar a nuestras casas, pueden detenernos el tiempo que
ellos quieran y básicamente eso sería una arbitrariedad enorme. Nadie
puede andar en la calle durante el toque de queda y ni siquiera en su
domicilio, porque este derecho se ve comprometido con los alcances de
este decreto", advirtió el defensor de derechos humanos y profesional
del derecho.

Consultado si estarían en peligro dirigentes y dirigentas del
movimiento social que en su momento apoyaron la encuesta de opinión
del presidente Manuel Zelaya, el abogado expresó que "si usted hace
lectura de los antecedentes con los cuales fue detenido el presidente
Zelaya, estaríamos en la misma situación, sería una regla similar
aplicable a todos los ciudadanos y ciudadanas de este país honestos,
que quizás no tenemos vinculación para nada con el actual conflicto".
"El ejemplo de lo que aconteció el domingo pasado en la casa del
presidente, sería un ejemplo de la forma de actuar que dejaría, de
llegar a aprobarse un decreto de este tipo", señaló.

La aprobación del decreto que conculca las garantías constitucionales
de la ciudadanía hondureña estaría recibiendo la condena
internacional en las próximas horas.
Se conoció que el gobierno de Dinamarca ha solicitado que se habilite
la Corte Penal Internacional (CPI) para que revise este tipo de
actuaciones que en su mayoría han sido ejecutadas por miembros del
ejército.
"El rechazo internacional volvería nuevamente a ser unánime y el
Estado de Honduras quedaría como un estado violador de los derechos
humanos, violador de las garantías elementales de cualquier ciudadano
y ampliaría aún más la fuerza coercitiva que los estados en este
momento, están haciendo como medida de presión para eliminar el
gobierno que ha dado el golpe de Estado".

Consultado en torno al peligro de presentarse torturas y
desapariciones forzadas a raíz de la aplicación del decreto por
fuerzas policiales y militares, el experto señaló que "bueno, con una
discrecionalidad como la que se está pretendiendo, por ejemplo con el
ingreso al domicilio va un allanamiento, probablemente va una
detención, esa detención que no va a poder ser comunicada a la
autoridad competente, queda a discrecionalidad de poder depositar a
las personas en cualquier lugar y no en los centros de detención
oficialmente reconocidos por la ley; en fin yo creo que ahí tenemos
colateralmente un sinnúmero de violaciones graves a los derechos
elementales de las personas".

La madrugada del domingo 28 de junio de 2009, alrededor de las 5:00
de la mañana, en la colonia 3 Caminos de la ciudad de Tegucigalpa,
Distrito Central, un comando policial irrumpió intempestivamente en
la residencia del mandatario y arrestó al presidente Zelaya.

Posterior a la captura efectivos militares lo trasladaron hacia la
base de la Fuerza Aérea, desde donde el mandatario fue trasladado en
avión a San José Costa Rica.

El procedimiento utilizado por policías y militares ha sido
cuestionado y criticado tanto a nivel nacional como internacional y
el gobierno de "hecho" (facto) de Roberto Micheletti no está siendo
reconocido internacionalmente.

A partir de la expulsión del país del presidente constitucional de la
República Manuel Zelaya, se han presentado una serie de
multitudinarias manifestaciones en las principales ciudades del país
que han recibido la brutal represión de las fuerzas policiales y
militares y que han dejado decenas de personas heridas y centenares
de detenidas.

La orden de reprimir a la ciudadanía que exige la repatriación de
Zelaya, ha venido directamente del presidente Roberto Micheletti que
asestó el golpe de Estado apoyado por el Congreso Nacional, las
fuerzas policiales y los altos jerarcas de las Fuerzas Armadas, junto
a los grupos de poder, temerosos a la encuesta popular que pretendía
realizar el presidente Zelaya.

La encuesta popular buscaba la opinión del pueblo en torno a instalar
una cuarta urna en el proceso eleccionario de noviembre próximo, con
miras a instalar una Asamblea Nacional Constituyente que creara una
nueva constitución.

En las últimas horas se ha informado que el presidente Manuel Zelaya
Rosales estaría arribando al país el próximo sábado acompañado del
Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA) y
de la presidenta de Argentina, Cristina Kirchner que actuaría como
observadora del organismo continental que en un comunicado condenó el
golpe de Estado y solicitó la restitución del presidente Manuel
Zelaya.
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